Inversiones

    Las inversiones de extranjeros en tierras y la seguridad nacional

    30 de septiembre de 2026· 8 min de lectura
    Ricardo Ignacio Beltramino

    Por Ricardo Ignacio Beltramino

    Director de Pulso Internacional

    Las inversiones de extranjeros en tierras y la seguridad nacional
    Imagen ilustrativa · Pulso Internacional

    La seguridad nacional y las inversiones extranjeras

    La cuestión de seguridad nacional y su relación con las inversiones ha tomado impulso y es un debate abierto que incluye cuestiones como la defensa nacional, la seguridad energética, la protección de tecnologías, la titularidad de la tierra o de los recursos considerados vitales, como los alimentos, para la soberanía nacional. La seguridad nacional es también tomada en consideración cuando las empresas que realizan las inversiones pertenecen o están vinculadas a un gobierno extranjero que podría tener un interés estratégico sobre el control del desarrollo de una determinada actividad o servicio en otro país. En otras ocasiones, la seguridad nacional es tenida en cuenta ante situaciones en donde peligra la estabilidad del estado por desequilibrios macroeconómicos y es invocado el estado de necesidad.

    El debate argentino: entre la Ley de Tierras y la presión desregulatoria

    La Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, sancionada en 2011, conocida como Ley de Tierras, estableció límites precisos: los extranjeros no pueden ser titulares de más del 15 por ciento del total de tierras rurales del país, con un tope adicional del 30 por ciento para personas de una misma nacionalidad. En las proximidades de cuerpos de agua, los límites se tornan aún más restrictivos. El gobierno de Javier Milei dictó el DNU 70/2023 cuyo artículo 154 derogó la Ley 26.737 y luego ante el fracaso de este impulsó en 2023 a 2025 iniciativas orientadas a flexibilizar esos límites en el marco del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y hasta presentó un nuevo proyecto de ley similar al decreto argumentando que la atracción de capital extranjero requería eliminar restricciones sobre activos productivos. Esta medida encontró resistencia parlamentaria y social; la liberalización plena del sector no prosperó en el Congreso Nacional. Sin embargo, el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la cautelar que interrumpía la derogación la ley de tierras incluida en el DNU 70/2023 y consecuentemente habilitó la venta de tierras sin límite a extranjeros. Los cuestionamientos a esta medida son generalizados. Pero mas alla de la coyuntura, de presistir la ley de tierras, existen preocupaciones sobre la efectiva implementación del régimen de control ya que los mecanismos de verificación del cumplimiento de los límites legales presentan debilidades estructurales. El Registro Nacional de Tierras Rurales, dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, no siempre cuenta con los recursos institucionales necesarios para auditar las estructuras societarias complejas utilizadas para eludir las restricciones nominales. En efecto, la sofisticación jurídica de los vehículos de inversión extranjera, que pueden canalizar capitales a través de sociedades constituidas en terceros países, torna insuficiente una regulación que opere únicamente sobre la nacionalidad del titular formal. La experiencia comparada —incluyendo la propia evolución del CFIUS en los Estados Unidos— indica que el control efectivo requiere rastrear la cadena de beneficiarios finales, cruzar datos con registros de inteligencia económica y contar con capacidad técnica especializada para analizar estructuras corporativas transnacionales.

    La tierra como activo estratégico: el nuevo ciclo regulatorio global

    Para tomar una idea acerca de la importancia que tiene este debate internacionalmente veamos lo que sucede en los EEUU. El 8 de julio de 2025, el Secretario del Tesoro Scott Bessent y la Secretaria de Agricultura Brooke Rollins suscribieron un Memorando de Entendimiento (MOU) que formalizó la incorporación del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) como miembro del Comité de Inversión Extranjera en los Estados Unidos (CFIUS). Se trata de un precedente de gran importancia respecto de la regulación global de la inversión extranjera en tierras agrícolas. La decisión de la administración Trump de anclar institucionalmente el control del suelo productivo en la arquitectura de seguridad nacional es, en sí misma, una declaración de política exterior: la tierra dejó de ser un activo meramente económico para convertirse en un pilar de soberanía. Este movimiento sigue a una tendencia respecto a la adquisición de tierras agrícolas en territorio estadounidense por parte de inversores con vínculos con gobiernos considerados adversarios estratégicos, particularmente China. El debate, que durante años se procesó en los márgenes del análisis de seguridad nacional, escaló al centro de la agenda legislativa y ejecutiva, y ahora el Secretario de Agricultura participa en la revisión de las transacciones que involucren a las tierras agrícolas, la biotecnología agrícola o la industria de transporte, el almacenamiento y el procesamiento de alimentos.

    CFIUS y la agricultura: una ampliación del perímetro de la seguridad nacional

    El MOU establece compromisos concretos para el ingreso del Departamento de Agricultura como miembro del comité (CFIUS) que vigila las transacciones que involucren activos o participaciones en el sector agrícola; tales como el fortalecimiento del intercambio de información sobre inversiones extranjeras relevantes en tierras agrícolas; y la implementación de los mandatos previstos en la legislación de 2024. Según el Informe Anual del CFIUS al Congreso estadounidense correspondiente al ejercicio 2025, el Comité avanzó en 2025 en múltiples frentes: el lanzamiento del Known Investor Pilot Program para agilizar la revisión de inversores de países aliados, la creación de una Oficina de Investigación y Análisis con capacidad técnica interna, y la articulación con la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) para incorporar compromisos de seguridad en materia de inversiones en acuerdos comerciales recíprocos, por primera vez en la historia del organismo. Como sucedió con el Acuerdo de Comercio e Inversión Recíprocos entre los Estados Unidos y la Argentina que establece;

    "Artículo 4.2: Controles a la exportación, sanciones, seguridad de las inversiones y asuntos conexos...
    3. Argentina cooperará con los Estados Unidos en asuntos relacionados con la seguridad de las inversiones, incluida la exploración del establecimiento de un mecanismo para examinar las inversiones entrantes en función de los riesgos para la seguridad nacional, de conformidad con las mejores prácticas internacionales ampliamente aceptadas.
    4. Si los Estados Unidos determinan que Argentina está cooperando para abordar cuestiones compartidas de seguridad nacional y económica, podrán tener en cuenta dicha cooperación al aplicar sus leyes y reglamentos relativos a controles de exportación, exámenes de inversiones y otras medidas."

    La dimensión geopolítica: seguridad alimentaria como seguridad nacional

    La importancia de la tierra agrícola como activo de seguridad nacional no es exclusiva de Washington. La Unión Europea avanzó en mayo de 2026 en directivas para el escrutinio de inversiones extranjeras en sectores sensibles que incluyen explícitamente la producción de alimentos. Tal como dice el REGLAMENTO (UE) 2026/1386 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO ;

    " Artículo 19 -Determinación del probable efecto negativo sobre la seguridad o el orden público. " 1. Al evaluar si una inversión extranjera puede afectar negativamente a la seguridad o al orden público, a efectos de adoptar una decisión de control, formular comentarios o emitir una opinión, los Estados miembros y la Comisión tendrán en cuenta, en particular, sus posibles efectos sobre:...
    (i) la protección de la seguridad alimentaria, incluida la agricultura, cuando el objetivo de la Unión posea o explote más de 10 000 hectáreas de tierras agrícolas;..."

    Australia mantiene desde 2015 un umbral de revisión obligatoria para adquisiciones de tierras agrícolas por parte de inversores extranjeros de apenas 15 millones de dólares australianos, significativamente inferior al umbral general aplicable a otras industrias. Japón modificó en 2025 su legislación y a partir de 2026, el país exige declarar la nacionalidad de compradores y representantes legales en operaciones inmobiliarias, en medio del creciente interés por el mercado japonés y las preocupaciones por la seguridad nacional. Lo que emerge de este panorama comparado es una tendencia sistémica: los Estados resignifican el control sobre el suelo productivo como instrumento de política exterior y de defensa, en un contexto de disrupciones en cadenas globales de valor alimentarias que la pandemia de 2020 visibilizó y que los conflictos armados en Europa del Este y el Medio Oriente prolongaron. La FAO estimó que en 2022 y 2023 más de 733 millones de personas enfrentaron situaciones de inseguridad alimentaria grave, dato que opera como argumento político para justificar regulaciones más estrictas sobre quién controla los activos que producen alimentos.

    La falta de una politica de inversiones que tenga en cuenta la seguridad nacional y las contradicciones con los acuerdos celebrados

    Mientras que para los EEUU el tema de las inversiones en tierras es un tema de seguridad nacional, y que por lo tanto según el Acuerdo de Comercio e Inversión Recíprocos, es un tema en el que Argentina debería cooperar, nuestro país desmantela los controles, lo que resulta una gran contradicción y evidencia la falta de una politica de desarrollo de inveriones que tenga en cuenta la seguridad nacional.

    Resulta imprescindible establecer una polìtica clara respecto de la propiedad de la tierra. Se trata de un activo impresindible para el estado en tiempos de turbulencia geopolitica y de mayores controles a las inversiones en todo el mundo. La falta de una rápida regulación sobre el tema afecta la seguridad nacional y deja abierta la puerta a especuladores financieros internacionales que pueden, frente a posibles expropiaciones futuras, aprovecharse para lograr las ventajas dadas por los Tratados Bilaterales de Promoción y Protección recíproca de inversiones y elevar sus reclamos ante el CIADI, el Centro Interancional de Arreglo de Difererencias sobre inversiones del Banco Mundial como ha sufrido Argentina en el pasado reciente.

    Ricardo Ignacio Beltramino

    Ricardo Ignacio Beltramino

    Director de Pulso Internacional

    Abogado especializado en comercio internacional e inversiones productivas, con más de 25 años acompañando negociaciones comerciales internacionales participando como asesor de gobiernos y de empresas en su proceso de internacionalización. En Pulso Internacional analizamos el comercio exterior brindando claridad y mostrando el contexto internacional para que su empresa exporte e invierta más.

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