Comercio Internacional

    Estados Unidos amenaza con aumentar aranceles para evitar importaciones con trabajo forzoso

    27 de marzo de 2026· 4 min de lectura
    Ricardo Ignacio Beltramino

    Por Ricardo Ignacio Beltramino

    Director de Pulso Internacional

    Estados Unidos amenaza con aumentar aranceles para evitar importaciones con trabajo forzoso
    Imagen ilustrativa · Pulso Internacional

    La nueva investigación sobre trabajo forzoso y su incidencia en el comercio exterior

    Luego del fallo de la Corte Suprema de los EEUU en contra de los aranceles recíprocos adoptados por la administración Trump, el pasado 12 de marzo de 2026 el Representante Comercial de EEUU (USTR) inició formalmente una investigación a países que supuestamente no prohíben ni vigilan adecuadamente la importación de mercaderías fabricadas con “trabajo forzoso” alegando que esta omisión genera una competencia desleal que perjudica a sus trabajadores y empresas, además de contravenir estándares internacionales de derechos humanos y se basa para hacerlo en su norma interna, la Sección 301 de la Ley de Comercio. (1)

    Las leyes actuales de defensa comercial internacional como los derechos antidumping y compensatorios son insuficientes ya que no abordan directamente el rol del trabajo forzoso en la producción ni impiden que los bienes entren al mercado. No se trata de una cuestión de precios, sino de una distorsión comercial ligada a métodos de producción injustificables. Esta investigación afecta a los 60 principales socios comerciales de Estados Unidos, entre ellos Argentina, que representan el 99 por ciento de las importaciones de bienes estadounidenses en 2025, y el objetivo final es aumentar los aranceles y establecer restricciones para arancelarias para los productos importados.

    La perspectiva de la investigación sobre trabajo forzoso que debe ser tenida en cuenta por Argentina

    Si bien los norteamericanos entienden que su legislación es el “modelo” a ser seguido por los demás países (obviamente discutible), desde la perspectiva Argentina esta investigación tiene tres aspectos a ser contemplados;

    1. Por un lado las medidas adoptadas o que puede adoptar nuestro país para evitar las importaciones de mercaderías producidas bajo trabajo forzado. En efecto, este mismo concepto de trabajo forzado o forzoso está en el artículo 2.9 del Acuerdo entre Argentina y EEUU celebrado este año en donde Argentina asume el compromiso de prohibir la importación de mercaderías que en todo en parte hayan sido producidas por trabajo forzado o forzoso según lo establece la OIT . (3 y 4)

    2. Por el otro aquel trabajo forzoso que el gobierno de EEUU alega que se practica en otros países, entre ellos Argentina, y que se basa en la lista elaborada por el Departamento de Trabajo de EEUU del año 2024 en donde identifica 134 productos y en donde se señalan determinados sectores en Argentina; Ladrillos, algodón, ajo, prendas de vestir, uvas, aceitunas, frutillas, tabaco, tomates y yerba mate. Las pruebas que adjunta el documento del Departamento de Trabajo de EEUU para fundamentar la inclusión de Argentina en la lista son en su mayoría artículos periodísticos o informes de la OIT, y aunque reconoce el esfuerzo realizado por el gobierno en el sector de los arándanos que había sido agregado en el 2009, fue el único sector quitado de la lista. (5)

    3. Por último, la incidencia que tiene el trabajo forzado realizado en terceros países que afecta a la competitividad de productos argentinos, que no son producidos bajo trabajo forzoso, en mercados como el de EEUU, como por ejemplo los de la industria oleoquímica (aceites esenciales utilizados para el cuidado personal) o de la madera (marquetería). (6)

    Los Sectores en donde se alega que hay trabajos forzosos o trabajo infantil en Argentina son; Ladrillos, algodón, ajo, prendas de vestir, uvas, aceitunas, frutillas, tabaco, tomates y yerba mate.

    ¿Cómo participar de la investigación ante la oficina del Representante comercial de EEUU?

    La identificación temprana de la nueva política implementada por los EEUU y su seguimiento es muy importante para prevenir efectos perjudiciales. En tal sentido, el documento del USTR que inicia el proceso de investigación establece un calendario para recibir comentarios públicos y realizar audiencias durante el año 2026 con el fin de evaluar posibles sanciones comerciales o aranceles. Hay un llamado a consultas públicas cuyo proceso es el siguiente;

    ¿Quiénes podrían tener interés en participar de la investigación?

    Aquellas Cámaras empresariales que entiendan como erradas las aseveraciones respecto de sus sectores podrían con la Cancillería, e importadores estadounidenses relacionados con las empresas de sus cámaras, coordinar las presentaciones correspondientes para evitar o mitigar los aumentos arancelarios o las restricciones de ingreso al mercado estadounidense.

    Referencias;

    1. USTR “Initiation of Section 301 Investigations of Acts, Policies, and Practices of Various Economies Related to the Failure to Impose and Effectively Enforce a Prohibition on the Importation of Goods Produced with Forced Labor “ ustr.gov
    2. La Sección 307 de la Ley Arancelaria de 1930 otorga a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza ( CBP ) la autoridad para investigar y hacer cumplir las prohibiciones contra cualquier “bien, mercancía, artículo y producto extraído, producido o fabricado total o parcialmente en cualquier país extranjero mediante trabajo penitenciario, trabajo forzoso…”
    3. cbp.gov
    4. Acuerdo Argentina - EEUU (2026) ustr.gov
    5. DOL “ List Produced with Child Labor or Forced Labor “ 2024 dol.gov
    6. Ej. El aceite de jojoba producido por la empresa estadounidense Vantage en Argentina vantagegrp.com
    Ricardo Ignacio Beltramino

    Ricardo Ignacio Beltramino

    Director de Pulso Internacional

    Abogado especializado en comercio internacional e inversiones productivas, con más de 25 años acompañando negociaciones comerciales internacionales participando como asesor de gobiernos y de empresas en su proceso de internacionalización. En Pulso Internacional analizamos el comercio exterior brindando claridad y mostrando el contexto internacional para que su empresa exporte e invierta más.

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