Comercio Internacional

    Las reglas de origen de los productos en el centro de las negociaciones

    31 de mayo de 2026· 9 min de lectura
    Ricardo Ignacio Beltramino

    Por Ricardo Ignacio Beltramino

    Director de Pulso Internacional

    Las reglas de origen de los productos en el centro de las negociaciones
    Imagen ilustrativa · Pulso Internacional

    Las normas de origen, son el conjunto de leyes, reglamentos y decisiones administrativas de aplicación general aplicados para determinar el país de origen de los productos y lejos de ser un detalle burocrático, determinan si un producto puede acceder a las preferencias arancelarias de un acuerdo comercial o si, por el contrario, debe tributar como si proviniera de cualquier otro país sin trato preferencial. En un contexto de fragmentación de las cadenas de valor y de la proliferación de acuerdos bilaterales y regionales, entender y gestionar estratégicamente el origen de los productos representa hoy una ventaja competitiva real.

    Qué son las reglas de origen y por qué importan ahora

    Las normas o las reglas de origen son los criterios que establece cada acuerdo comercial para determinar la "nacionalidad económica" de una mercadería. Un producto no necesariamente es "de" un país simplemente porque fue exportado desde allí. Las reglas de origen son importantes a la hora de aplicar derechos de importación (aranceles) e instrumentos de política comercial tales como los derechos antidumping y compensatorios, las marcas de origen y las medidas de salvaguardia. Para que un producto califique como originario, y acceda así a los beneficios arancelarios pactados, debe cumplir requisitos específicos: a. haber sido enteramente obtenido en el país exportador, b. haber experimentado una transformación sustancial (medida por cambio de clasificación arancelaria, valor de contenido regional o procesos específicos), o c. una combinación de ambos criterios. La relevancia de este debate se intensificó por las tensiones entre Estados Unidos y China, que llevaron a muchas empresas a relocalizar proveedores. En ese proceso, la pregunta de si los insumos adquiridos en terceros países "contaminan" el origen del producto final dejó de ser una consulta técnica esporádica para convertirse en una variable central de la planificación exportadora.

    El esquema ALADI y la acumulación de origen

    En el marco de la ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración), los acuerdos de alcance parcial y los acuerdos de complementación económica incluyen disposiciones específicas sobre acumulación de origen que abren oportunidades concretas para las empresas de la región. El principio de acumulación permite que los insumos, materiales o procesos productivos aportados por otros países que son parte del mismo acuerdo sean computados como si fueran originarios del país exportador, a los efectos del cumplimiento de las reglas de origen. Esto tiene consecuencias prácticas de alto impacto. Una empresa argentina que fabrica autopartes y utiliza componentes de Brasil o de Uruguay, países con los que Argentina comparte acuerdos en el marco del MERCOSUR y de la ALADI, puede, en determinadas condiciones, contabilizar esos insumos como parte del contenido regional de su producto, facilitando el cumplimiento del umbral de valor agregado local exigido por el acuerdo con el país destino. La acumulación puede ser bilateral (entre dos países parte del acuerdo), diagonal (en acuerdos plurilaterales donde varios países se reconocen mutuamente los insumos) o plena (la forma más amplia, donde todos los insumos de todos los países parte se consideran originarios del bloque). En los acuerdos de la ALADI, la acumulación bilateral es la modalidad más frecuente, aunque algunos acuerdos de nueva generación avanzan hacia esquemas más flexibles.

    Modalidades de acumulación de origen en acuerdos ALADI

    Modalidades de Acumulación de Origen
    Tipos reconocidos en acuerdos comerciales de América Latina
    Bilateral
    Partes involucradas 2 países
    Requisito Acuerdo entre ambos
    Alcance Solo signatarios
    Ejemplo ACE Nº 18 (Arg–Brasil)
    Diagonal
    Partes involucradas 3 o más países
    Requisito Red de acuerdos cruzados
    Alcance Terceros con tratados vigentes
    Ejemplo ACE Nº 59 (CAN–Mercosur)
    Plena
    Partes involucradas Bloque completo
    Requisito Zona de origen común
    Alcance Todos los miembros del bloque
    Ejemplo Dec. CMC 01/09 (Mercosur)
    A mayor número de partes, mayor integración productiva regional y requisitos de armonización normativa.

    Fuente: elaboración propia sobre la base de textos de acuerdos de alcance parcial y de complementación económica en el marco de la ALADI.

    Nota conceptual: En todos los casos, la acumulación opera como excepción al requisito general de transformación sustancial y está sujeta a que los insumos acumulados cuenten con certificación de origen vigente y cumplan las condiciones establecidas en el anexo de normas de origen del acuerdo correspondiente.

    Planificación exportadora: el origen como variable a tener en cuenta

    El error más frecuente que cometen las empresas exportadoras de la región, especialmente las PyMEs, es tratar la certificación de origen como un trámite administrativo posterior a la decisión comercial, en lugar de incorporarla como variable desde la etapa de diseño de la cadena de valor. Un proveedor de insumos que parece más económico puede, en definitiva, encarecer la operación si su incorporación hace que el producto pierda el carácter de originario y, con él, el beneficio arancelario pactado. La planificación del origen implica, en primer lugar, mapear con precisión qué acuerdos comerciales aplican al mercado destino y cuáles son sus reglas de origen específicas para el producto en cuestión. En segundo lugar, identificar qué proveedores de insumos son elegibles para la acumulación, es decir, qué países forman parte del mismo acuerdo y bajo qué condiciones sus materiales pueden ser computados. En tercer lugar, calcular el contenido regional efectivo del producto con distintos escenarios de abastecimiento, para identificar la combinación que maximiza el beneficio arancelario sin comprometer la competitividad en costos. Este tipo de análisis, que en grandes corporaciones multinacionales es realizado por equipos especializados de trade compliance, está cada vez más al alcance de empresas medianas gracias al desarrollo de herramientas digitales y a la disponibilidad de información sistematizada por organismos como la ALADI, la OMC y la CEPAL.

    Como bien señala la Lic. Andrea Ruso en su artículo publicado en Aduana News, en algunos casos es posible utilizar como insumos a productos importados provenientes de determinados países que no forman parte de acuerdos comerciales, sin perder el origen Mercosur. Las empresas pueden aprovechar los acuerdos comerciales (Acuerdos de Complementación Económica) celebrados en el marco de la ALADI; el ACE 18, constitutivo del MERCOSUR, el ACE 36 del Mercosur con Bolivia, el ACE 46 entre Ecuador y Cuba, y el ACE 75 entre Chile y Ecuador, si tienen en cuenta 5 cuestiones básicas que les permiten ser operativos;

    Viabilidad de la Acumulación de Origen
    5 puntos que determinan si el mecanismo funciona
    1
    1Países participantes
    Qué países pueden actuar como terceros en la acumulación.
    2
    2Materiales elegibles
    Qué materiales pueden incluirse en el esquema.
    3
    3Verificación de elegibilidad
    Cómo se comprueba que un material califica.
    4
    4Reglas de origen
    Qué requisitos de origen deben cumplir los materiales.
    5
    5Acreditación del cumplimiento
    Cómo se demuestra que las reglas de origen se satisfacen.
    La claridad u oscuridad en estos cinco puntos define la viabilidad práctica del mecanismo.

    Según señala la ALADI la información relativa a qué terceros países pueden participar en la acumulación es fundamental para poder aplicarla. Los referidos terceros países deben haber acordado rebajas arancelarias, tanto con el país exportador del bien que utiliza en su elaboración los materiales provistos por el tercero, como con el país importador de dicho bien, a los efectos de poder participar en las cadenas de valor que permiten, en última instancia, aplicar el trato preferencial al bien importado. Así, siempre que se plantee la posibilidad de acumular origen con un tercer país, estaremos frente a un trio de países vinculados por acuerdos preferenciales; el país exportador del bien, el país proveedor del material que participa en la acumulación y el país importador del bien, tal como se muestra en el diagrama siguiente.

    El frente negociador: reglas de origen en acuerdos en curso

    Las reglas de origen no son solo un tema de aplicación de acuerdos vigentes; son también uno de los puntos más sensibles y disputados en las negociaciones en curso. Se están discutiendo tanto en la Unión Europea como en EEUU con México y Canadá medidas para incrementar el nivel de contenido local de los productos para garantizar el acceso de productos de los "socios confiables" y reducir la triangulación o reorientación de la producción asiática, principalmente china. Actualmente se están negociando modificaciones en el Tratado de Libre comercio entre EEUU, México Canadá (T-MEC). EEUU pretende aumentar el contenido regional para los automóviles del 75 al 80 % e incluye una cantidad importante de piezas básicas que actualmente son importadas en México desde China. México se ha transformado en el primer socio comercial de los EEUU a partir de 2023 y esto representa un desafío en las negociaciones que tienen como objetivo prolongar su vigencia por 16 años y que vencerían el 1 de julio. Si no se llega a un acuerdo se podría arribar a un acuerdo provisional y se harían renovaciones parciales anualmente. Los acuerdos que Chile, Colombia, Perú y México —integrantes de la Alianza del Pacífico— han negociado con socios asiáticos incluyen disposiciones de acumulación diagonal que habilitan a computar insumos de terceros países con acuerdos cruzados, generando esquemas de cadenas de valor cada vez más complejos y, a la vez, más sofisticados en términos de planificación.

    La certificación de origen en el Acuerdo MERCOSUR-UE

    Una de las novedades del Acuerdo Mercosur-UE es la autocertifiación de origen que ya es utilizado en numerosos acuerdos comerciales. Este acuerdo prevé un período de adaptación de 3 años y como señala un interesante artículo del BID estas son las principales diferencias entre el sistema tradicional y el nuevo.

    Qué pueden hacer las empresas hoy

    El contexto actual exige que las empresas exportadoras latinoamericanas adopten un enfoque proactivo respecto de las reglas de origen. Algunas acciones concretas que los equipos de comercio exterior deberían incorporar en su operatoria incluyen:

    • Auditar periódicamente el cumplimiento de las reglas de origen en los productos exportados, dado que cambios en proveedores o en la composición del producto pueden alterar el carácter originario.
    • Aprovechar los mecanismos de acumulación disponibles en los acuerdos vigentes para ampliar la red de proveedores elegibles sin perder beneficios arancelarios.
    • Monitorear el avance de las negociaciones comerciales en curso, dado que las reglas de origen acordadas en nuevos tratados pueden abrir o cerrar oportunidades para determinados sectores y cadenas productivas.
    • Consultar con las cámaras sectoriales y con los organismos públicos competentes —MRECIC, secretarías de comercio, institutos de promoción de exportaciones— sobre los textos de los acuerdos y su interpretación en casos concretos.
    • Considerar la localización de proveedores como una decisión no solo de costos y calidad, sino también de elegibilidad para acumulación de origen en los acuerdos relevantes para cada mercado destino.
    Las reglas de origen representan, en definitiva, la parte oculta del comercio preferencial. Quien las comprende en profundidad y las incorpora a su planificación exportadora no solo evita contingencias aduaneras costosas, sino que convierte un requisito técnico en una palanca de competitividad real. En una región como América Latina, donde la integración comercial avanza de manera compleja y fragmentada, dominar este instrumento es cada vez menos opcional y cada vez más una condición de entrada al juego de las cadenas de valor globales.

    www2.aladi.org/biblioteca/Publicaciones/ALADI/Secretaria_General/SEC_Estudios/256.pdf

    5. Autocertificación de origen: la llave que abre las preferencias del acuerdo Mercosur-UE iadb.org

    Ricardo Ignacio Beltramino

    Ricardo Ignacio Beltramino

    Director de Pulso Internacional

    Abogado especializado en comercio internacional e inversiones productivas, con más de 25 años acompañando negociaciones comerciales internacionales participando como asesor de gobiernos y de empresas en su proceso de internacionalización. En Pulso Internacional analizamos el comercio exterior brindando claridad y mostrando el contexto internacional para que su empresa exporte e invierta más.

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